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Claustro

Claustro de la Universidad

Es el órgano de debate y participación sobre las líneas generales de actuación académica de la Universidad. Presidido por el rector, tiene como objetivo principal asegurar la información y la implicación del conjunto de miembros de la Universidad en su proceso de desarrollo.

Composición

  • El personal académico con dedicación total a la Universidad y con una antigüedad mínima de tres años.
  • Una representación del personal de servicios que asegure la participación de todos los servicios y que, en número, signifique el 15% del total de los claustrales.
  • Los miembros del Consejo de Dirección de la Universidad y los Consejos de Dirección de los centros docentes y los directores/as de los institutos universitarios de investigación.
  • Un máximo de 10 estudiantes elegidos de manera que aseguren la representación de todos los centros.
  • Los directores de Eumo Editorial y de Eumogràfic.
  • Las sesiones del Claustro de la Universidad estarán abiertas a todo el personal de la Universidad que desee asistir, el cual, si no es claustral, tendrá voz, sin voto.

Funciones

  • Tratar los temas del orden del día, propuestos por el rector y el Consejo de Dirección de la Universidad, que tengan relación con las líneas estratégicas y la marcha académica de la Universidad.
  • Debatir sobre los proyectos y objetivos anuales de la Universidad.
  • Manifestar su opinión sobre temas que afecten a la Universidad y proponer iniciativas para lograr y/o mejorar los objetivos académicos y de investigación que la Universidad haya promovido a corto y medio plazo.
  • Proponer al rector la creación de comisiones para tratar temas que afecten al buen funcionamiento académico de la Universidad.
  • Considerar y debatir las propuestas que hayan sido formalmente presentadas.
  • Elegir los representantes de la comunidad universitaria para el Patronato de la Fundación Universitaria Balmes / Universidad de Vic - Universidad Central de Cataluña.
  • Pronunciarse sobre las modificaciones de estas Normas de Organización y Funcionamiento, antes de ser elevadas al Patronato de la Fundación Universitaria Balmes / Universidad de Vic - Universidad Central de Cataluña para su aprobación final.
  • Pronunciarse sobre el programa que presente el candidato/a a rector/a antes de su nombramiento.

Convocatoria

El Claustro de la Universidad se reúne, de manera ordinaria, una vez cada curso académico. De manera extraordinaria, el Claustro de la Universidad puede ser convocado por el rector, por el presidente del Patronato de la Fundación Universitaria Balmes / Universidad de Vic - Universidad Central de Cataluña o, de acuerdo con lo establecido en el reglamento del Claustro, por la comunidad universitaria.

Claustro de Centro

El Claustro de Centro es el órgano de debate y participación sobre las líneas generales de actuación académica de cada facultad y escuela de la UVic. Está presidido por el decano/a o director/a y tiene como objetivo principal asegurar la información y la implicación del conjunto de miembros del centro en su proceso de desarrollo.

Composición

El Claustro de Centro está formado por personal académico y personal de servicios vinculado al centro y por una representación de los estudiantes, elegidos por los mismos estudiantes. El reglamento del centro establecerá la participación de cada uno de estos colectivos en número y condiciones.

  • Tratar los temas del orden del día, establecidos por el decano o el director del centro.
  • Debatir sobre los proyectos y objetivos anuales del centro y de la Universidad.
  • Manifestar la opinión sobre temas que afecten al centro y proponer iniciativas para lograr y/o mejorar los objetivos académicos y de investigación que el centro haya promovido a corto y medio plazo.
  • Proponer al decano o director la creación de comisiones para tratar temas que afecten al buen funcionamiento académico del centro.
  • Considerar y , en su caso, aprobar las propuestas de resolución que hayan sido formalmente presentadas.

Convocatoria

El Claustro de Centro se reúne, de manera ordinaria, una vez cada curso académico, convocado por el decano. De manera extraordinaria, el Claustro de Centro puede ser convocado por el rector, el decano/a o director/a, o bien previa solicitud de una parte significativa de la comunidad universitaria del centro.

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